SECRETARÍA GENERAL
Dirección General de Incorporación y
Revalidación de Estudios
ASUNTO: Convocatoria para el Programa de
Medias Becas para el ciclo escolar 2025-2026
LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INCORPORACIÓN
Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS
C O N V O C A
A todas las Instituciones con estudios incorporados a la UNAM del nivel Bachillerato (Preparatoria y CCH) y del nivel Licenciatura, a participar en el Programa de Medias Becas para el año escolar 2025/2026, de conformidad con las siguientes
B A S E S
Las instituciones interesadas deberán enviar el Anexo 29 del Manual de Disposiciones y Procedimientos para el Sistema Incorporado de la UNAM (Registro al Programa de Medias Becas) al correo electrónico
El listado de las instituciones autorizadas para participar en este Programa será publicado en el sitio web de la DGIRE a partir del 30 de junio de 2025.
Las instituciones interesadas en realizar difusión adicional sobre su participación en este Programa, deberán hacerlo apegándose a lo establecido en la disposición número 19 incisos j y l del Manual de Disposiciones y Procedimientos para el Sistema Incorporado de la UNAM.
Las instituciones podrán registrar a los alumnos que inicien el plan de estudios con media beca, siempre y cuando cumplan con el requisito de tener un promedio mínimo de 7.0 en el nivel educativo inmediato anterior.
Será potestativo para las instituciones registrar con media beca a alumnos en años posteriores al primero, siempre que no hayan gozado antes de este beneficio y tengan un promedio mínimo de 8.0
Generalidades
La media beca comprenderá el 50% de los pagos correspondientes a: registro a la UNAM, inscripción y colegiatura del alumno a la ISI por un año lectivo. En el caso del pago por registro de alumnos ante la UNAM, estarán exentos del 100% en el primer año y, en los subsecuentes, deberán pagar el 50%.
La media beca se otorgará por un año escolar. Su renovación será automática, siempre y cuando, el becario: curse el mismo nivel de estudios o carrera; sea alumno regular con un promedio mínimo de 8.0 (ocho) y continúe inscrito en el mismo plan de estudios y en la misma sede de la Institución del Sistema Incorporado de la UNAM. El alumno que no cumpla con estos requisitos deberá cubrir los costos por concepto de registro a la UNAM, inscripción y colegiatura en su totalidad. Sobre este particular, no habrá casos de excepción.
Los alumnos que cuenten con media beca no serán considerados como parte del porcentaje de la matrícula de becas completas a que se refiere la disposición 192 del Manual de Disposiciones antes citado.
Atentamente
“POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU”
Cd. Universitaria, Cd. Mx., 22 de enero de 2025
La Directora General
Lic. Manola Giral de Lozano
MGL/ARO/RMT/aa